Ángel Lockward interpone demanda patrimonial contra el Estado por caso Jet Set
MV NOTICIAS, SANTO DOMINGO. – La oficina de abogados del licenciado Ángel Lockward informó este lunes que depositó ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) una demanda patrimonial contra el Estado dominicano y la Alcaldía del Distrito Nacional, por un monto cercano a los RD$1,000 millones, con el objetivo de resarcir los daños materiales y morales sufridos por los familiares de nueve víctimas del denominado caso Jet Set.
Durante una rueda de prensa, Lockward explicó que los abogados Norberto Rondón y Carlos Escalante presentaron formalmente la demanda el pasado viernes, la cual también incluye como parte demandada al exministro de la Vivienda, Carlos Bonilla.
“Desde el primer día establecimos que, independientemente de la querella penal con constitución en actor civil presentada en nombre de nuestras víctimas, apoderaríamos una demanda patrimonial en contra del Estado, la Alcaldía y los funcionarios que estimamos responsables”, afirmó.
El jurista detalló que la acción legal reclama RD$909,949,854.05 por daños materiales y RD$1,073,720,499.91 por daños morales, a través del Ministerio de Edificaciones y Vivienda y el Ayuntamiento del Distrito Nacional.
Lockward sostuvo que el Estado dominicano es responsable por las muertes de César Augusto López, Deneska Shalimar Pérez, Nathalie Miledys Guerrero, Joselyn Rosado Baldera, Dahiana Patiño Martínez, Ruth Elisa Seija, Daniela Henríquez Joshua, Aracelis Rodríguez y Héctor Eduardo Brito Peña.
“La demanda patrimonial ha sido presentada ante la jurisdicción contenciosa administrativa, por ser la competente para conocer acciones contra el Estado y sus funcionarios. Las responsabilidades fueron establecidas por el propio Ministerio Público en su acusación contra los propietarios del Jet Set y conforme a las experticias realizadas”, expresó.
Asimismo, afirmó que ha quedado claramente establecido que el Estado dominicano incumplió su deber de garantizar la seguridad de los ciudadanos que asistían al establecimiento, al omitir el cumplimiento de lo dispuesto en las leyes 674 de 1944 y 6232 de 1963, así como en el Decreto 596-06.

